Almacenamiento y Consumo en la Propia Instalación

ITC MI-IP03

La normativa de seguridad industrial establece la obligación de realizar inspecciones periódicas de las siguientes instalaciones según establece el R.D. 2085/1994, se incluye aprobado por el R.D. 1427/ 1997 la ITC MI-IP03.

REGLAMENTACIÓN DE APLICACIÓN

Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas.

INSTALACIONES OBJETO DE INSPECCIÓN

Esta ITC comprende las instalaciones de almacenamiento de carburantes y combustibles líquidos para consumo en la propia instalación. Encontramos las siguientes instalaciones:

  • Instalaciones industriales fijas (hornos, quemadores para aplicaciones diversas, etc.)

  • Instalaciones de almacenamiento de recipientes móviles que contengan carburantes y combustibles para uso industrial.

  • Instalaciones de combustibles para calefacción, climatización y agua caliente sanitaria.

  • Instalaciones fijas para usos internos no productivos en las industrias (grupos electrógenos, etc.).

  • Instalaciones destinadas a suministrar combustible y/o carburante a medios de transporte interno, que operen sólo dentro de las empresas (carretillas elevadoras, etc.).

  • Instalaciones destinadas a suministrar combustible y/o carburante a maquinaria, que no sea vehículo.

CALCULE EL PRESUPUESTO DE SU INSTALACIÓN

Contáctanos hoy mismo y obtenga un presupuesto a medida de su instalación

REVISIONES, PRUEBAS PERIÓDICAS E INSPECCIONES PERIÓDICAS

En esta tabla podemos ver que pruebas tendremos que realizar en nuestro deposito en función de sus características específicas:

PRUEBAS DE ESTANQUEIDAD

La primera prueba de estanquidad se realizará a los diez años de su instalación o reparación.

TANQUES

Los tanques de doble pared con detección automática de fugas y los tanques enterrados en cubeto estanco con tubo buzo, no será necesario la realización de las pruebas periódicas de estanqueidad. Las pruebas de estanqueidad a realizar serán las siguientes:

  • Cada cinco años, pudiéndose realizar con producto en el tanque y la instalación en funcionamiento.
  • Cada diez años, en tanque vacío, limpio y desgasificado, tras examen visual de la superficie interior y medición de espesores.

TUBERÍAS

Las tuberías deberán ser sometidas cada cinco años a una prueba de estanquidad.

PÓNGASE EN CONTACTO CON NOSOTROS Y HOY MISMO ATENDEREMOS SU PROPUESTA

Nuestro equipo técnico está a su disposición para brindarle la ayuda necesaria.

Scroll al inicio