Almacenamiento y Consumo en la Propia Instalación
ITC MI-IP03
La normativa de seguridad industrial establece la obligación de realizar inspecciones periódicas de las siguientes instalaciones según establece el R.D. 2085/1994, se incluye aprobado por el R.D. 1427/ 1997 la ITC MI-IP03.
REGLAMENTACIÓN DE APLICACIÓN
Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas.
INSTALACIONES OBJETO DE INSPECCIÓN
La ITC MI-IP03 comprende las instalaciones de almacenamiento de carburantes y combustibles líquidos para consumo en la propia instalación. Encontramos las siguientes instalaciones:
-
Instalaciones industriales fijas (hornos, quemadores para aplicaciones diversas, etc.)
-
Instalaciones de almacenamiento de recipientes móviles que contengan carburantes y combustibles para uso industrial.
-
Instalaciones de combustibles para calefacción, climatización y agua caliente sanitaria.
-
Instalaciones fijas para usos internos no productivos en las industrias (grupos electrógenos, etc.).
-
Instalaciones destinadas a suministrar combustible y/o carburante a medios de transporte interno, que operen sólo dentro de las empresas (carretillas elevadoras, etc.).
-
Instalaciones destinadas a suministrar combustible y/o carburante a maquinaria, que no sea vehículo.
CALCULE EL PRESUPUESTO DE SU INSTALACIÓN
Contáctanos hoy mismo y obtenga un presupuesto a medida de su instalación
REVISIONES, PRUEBAS PERIÓDICAS E INSPECCIONES PERIÓDICAS
En esta tabla podemos ver que pruebas tendremos que realizar en nuestro deposito en función de sus características específicas:

PRUEBAS DE ESTANQUEIDAD
La primera prueba de estanquidad se realizará a los diez años de su instalación o reparación.
TANQUES
Los tanques de doble pared con detección automática de fugas y los tanques enterrados en cubeto estanco con tubo buzo, no será necesario la realización de las pruebas periódicas de estanqueidad. Las pruebas de estanqueidad a realizar serán las siguientes:
- Cada cinco años, pudiéndose realizar con producto en el tanque y la instalación en funcionamiento.
- Cada diez años, en tanque vacío, limpio y desgasificado, tras examen visual de la superficie interior y medición de espesores.
TUBERÍAS
Las tuberías deberán ser sometidas cada cinco años a una prueba de estanquidad.
PÓNGASE EN CONTACTO CON NOSOTROS Y HOY MISMO ATENDEREMOS SU PROPUESTA
Nuestro equipo técnico está a su disposición para brindarle la ayuda necesaria.