Equipos a Presión (Calderines De Aire Comprimido, Autoclaves, Etc)

La normativa de seguridad industrial establece la obligación de realizar inspecciones periódicas de las siguientes instalaciones según establece el Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, equipos a presión sin ITC específica

INSTALACIONES OBJETO DE INSPECCIÓN

El objeto de aplicación de esta documentación es para los equipos a presión con una presión máxima admisible superior a 0,5 bar sin ITC específica.

REGLAMENTACIÓN DE APLICACIÓN

Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.

INSPECCIONES PERIÓDICAS

Las inspecciones a realizar se clasifican en tres niveles de inspección (A, B y C) en función de la categoría del equipo y la antigüedad del mismo. Con la ayuda de las siguientes tablas podremos analizar que inspecciones tendremos que realizar.

>NIVEL DE INSPECCIÓN (PERIODICIDADES)

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