“5 motivos por los cuales tu empresa se puede beneficiar de las ayudas dirigidas a la mejora de la eficiencia energética”
¿Cuál es el objetivo de las subvenciones? Promover la realización en Castilla y León de inversiones en materia de ahorro y eficiencia energética, en el ámbito del sector empresarial, buscando la utilización de la mejor tecnología disponible (MTD), y siempre que, ni la instalación sustituida ni la nueva instalación estén alimentadas por una fuente de energía renovable. En todo caso, el lugar donde se desarrolle la actuación subvencionable radicará en Castilla y León, con independencia del domicilio social de la empresa.
¿Para quién van dirigidas estas subvenciones? Los beneficiarios podrán ser grandes empresas de Castilla y León, pequeñas o medianas empresas (PYME) de Castilla y León, Autónomos, Agricultores y ganaderos no incluidos en los anteriores y que sean titulares de explotaciones agrarias o cotitulares de explotaciones de titularidad compartida inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León (REACYL).
Se excluyen las empresas de la industria extractiva energética, de refino de petróleo, combustibles nucleares y generación, transporte y distribución de energía eléctrica.
¿Qué plazo tengo para la entrega de la solicitud?: El plazo de presentación de solicitudes comienza a partir de las 09:00 horas del día 5 de noviembre y finalizará el 4 de diciembre de 2018.
¿Qué requisitos debo cumplir para tener derecho a subvención?
- Que la actuación se realice dentro del territorio de la CCAA de Castilla y León.
- Que la actuación no haya comenzado antes de la fecha de la solicitud.
- Cumplir la normativa de integración laboral de las personas con discapacidad.
- Cumplir con las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social así como no tener deudas vencidas impagadas con la Administración de Castilla y León.
- No podrán obtener la condición de beneficiario de estas ayudas quienes incurran en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Cumplir con las obligaciones recogidas en el Documento que Establece las Condiciones de Ayuda (DECA).
- Disponer de certificado de eficiencia energética del edificio en el que se realice la actuación subvencionable para aquellos edificios que no estén exentos (artículo 2 del RD 235/2013, de 5 de abril). Este certificado deberá estar inscrito en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla y León.
¿Qué documentos necesito?
Las solicitudes se presentarán de manera exclusivamente TELEMÁTICA mediante la aplicación «SUBAESICYL», integrada en la aplicación «AYAE», y acompañada de la siguiente documentación:
Documentación a presentar (click aqui)
Modelo 1. –> descargar
Modelo 3. –> descargar
Modelo 3. –> descargar
Modelo 4. –> descargar
Modelo tramitacion subvencion –> descargar
¿Cuantía de la subvención? La cuantía de la subvención varía en función del ahorro energético anual previsto, entre el 15% y el 40% del coste subvencionable, con un tope máximo de 200.000 €.
Para las actuaciones consistentes en la implantación de Sistemas de Gestión Energética basados en la norma UNE-EN-ISO-50001, la cuantía de subvención es del 75%, con un tope máximo de 10.000€.
Desde SIMECAL podemos ayudarle en la gestión de esta normativa