En este artículo abordaremos algunas dudas respecto a la maquinaria sin marcado CE y la seguridad de maquinas.
¿Qué hay que tener en cuenta si ha modificado una máquina que no cuenta con el marcado CE?
- La modificación de una máquina sin marcado CE no implica que a dicha máquina se la deba incorporar dicho marcado, siempre y cuando la modificación no sea sustancial.
- La dificultad con la que se encuentran las empresas que deben modificar maquinaria para adaptarla a sus necesidades es decidir cuando una modificación es sustancial y por lo tanto se requiere abordar un proceso de marcado CE. SIMECAL le asesorará, para cada caso particular, si es necesario o no realizar el proceso de marcado CE de la máquina modificada.
- Aún cuando no sea necesario el marcado CE para la nueva máquina, será necesario realizar una verificación del cumplimiento del Anexo I del Real Decreto 1215/97.
Riesgos que se pueden correr cuando se tiene maquinaria nueva con el marcado CE y antigua que no lo tiene
La experiencia de SIMECAL en procesos de integración de máquinas nos permite señalar algunos aspectos que con frecuencia dan lugar a problemas a la hora de justificar el cumplimiento de los requisitos esenciales de la directiva de seguridad de maquinas:
- Vallado perimetral del conjunto no acorde con los requisitos normativos (tamaño excesivo de las aberturas en relación a la distancia a la que se encuentran zonas peligrosas, distancia excesiva del borde inferior del vallado al suelo)
- Uso de elementos de seguridad sin la indicación del PL de acuerdo a la norma EN ISO 13849-1.
- Estructuras de acceso y permanencia sin las características reglamentarias obligatorias (por ejemplo, altura de barandillas inferior a 110 cm.)
Medidas adicionales a la legislación que pueden ayudar a mejorar la seguridad de los trabajadores
SIMECAL le propone una serie de actuaciones más allá de sus obligaciones legales, con el fin de mejorar sus instalaciones y equipos de trabajo.
- Diseño de sistemas de seguridad con un valor del Performance Level (PL) mayor del requerido normativamente
- Estudios de optimización de ventilación en entornos potencialmente ATEX para proceder, si es posible, a su desclasificación
- Realización de termografías en cuadros eléctricos y tuberías de fluidos
- Estudios de aplicabilidad de normas armonizadas actuales a equipos de trabajo antiguos
- Realización de auditorías internas de acuerdo a los requisitos de sus clientes
- Revisión de manuales de uso y de procedimientos de seguridad
- Recepción de maquinaria nueva, verificando que se dispone de toda la documentación reglamentaria
¿Está usando maquinaria que no tiene marcado CE porque es antigua?
El Real Decreto 1215/97, de 18 de julio, establece los mínimos de seguridad que debe cumplir cualquier máquina, sea cual sea su fecha de fabricación. La verificación de su cumplimiento corresponde al empresario que pone la máquina a disposición de los trabajadores.
El que una máquina posea marcado CE (obligación del fabricante) no exime al empresario de su obligación de verificar el cumplimiento del real Decreto 1215/97, una vez instalada la máquina.
¿Qué se debe hacer para adecuar las máquinas antiguas a las normas actuales de seguridad exigidas por la Ley?
Se deben mantener durante toda la vida útil de la máquina las condiciones mínimas de seguridad indicadas en el anexo I del Real Decreto 1215/97. Alguno de los incumplimientos más habituales con los que se han encontrado los técnicos de SIMECAL son los siguientes:
- Puesta en marcha intempestiva, por ejemplo cuando se reanuda el suministro eléctrico tras una interrupción del mismo
- Falta de resguardos que protejan de partes en movimiento con peligro de atrapamiento
- Cableado eléctrico en mal estado
- Falta de señalización
Si necesita cualquier aclaración o solicitar información al respecto, no dude en contactar con nosotros y le responderemos todas sus dudas en seguridad de maquinas.
Si estuviera interesado en cualquiera de nuestros servicios puede solicitarnos presupuesto.
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