Modificación de la documentación de referencia y de las definiciones
Dentro de los cambios realizados el 7 de marzo de 2019 en el Sistema Auditado de Autocontroles Específicos, SAE, para la Exportación de alimentos para consumo humano destacan la modificación de la documentación de referencia y de las definiciones.
Modificación de la documentación de referencia:
La principal actualización de referencias legislativas la encontramos en el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios.
Modificación de las definiciones
Se corrigen las definiciones “ficha de especificaciones”, “dvr” y “partida” y se añade la definición de “precinto”.
La Ficha de especificaciones se trata de un documento elaborado por un establecimiento con SAE certificado en el que se habrán incluido, de acuerdo con las instrucciones establecidas en este protocolo, los requisitos específicos de salud pública:
- origen/trazabilidad y sanidad animal no equivalentes a los de la normativa UE, que deben cumplir las partidas que se pretendan exportar a los de la normativa UE que deben cumplir las partidas que se pretendan exportar utilizando ASE al que corresponde la ficha.
- Podrán agruparse los requisitos de varios ASE en una misma ficha, seleccionando para cada requisito el nivel de mayor exigencia exigido en los certificados a la ficha de especificaciones.
- Los requisitos contemplados en la ficha de especificaciones se tendrán en cuenta durante todo el proceso productivo, desde la recepción de la materia prima hasta la expedición de partidas a los clientes, para garantizar que éstas cumplen dichos requisitos.
Declaración de Veterinario Responsable (DVR), se trata de una declaración sobre requisitos de Sanidad Animal que deben acompañar a la materia prima obtenida en la producción primaria hasta la primera industria alimentaria de la cadena de producción. El contenido mínimo del DVR se encuentra en el Anexo 5.
Se define partida como un conjunto de ítems entregados por un establecimiento a otro o bien destinados a la exportación, y acompañados de un DAC o certificado de exportación (según corresponda, que han sido obtenidos y/o elaborados de acuerdo con unas especificaciones establecidas en función de requisitos establecidos por los países importadores que no son equivalentes a los de la Unión Europea y cuyo cumplimiento es garantizado por el DAC o certificado de exportación que corresponde a la partida.
Además, se añade definición de “precinto”, como dispositivo mecánico con un identificador único y destinado a un único uso, fijado externamente a las puertas de un contenedor o al sistema de cierre de otro tipo de envase o continente exterior de una carga. Diseñado y fabricado de un modo que permita detectar intentos de manipulación o acceso a la carga.
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