¿Cuándo se debe de realizar el documento de desclasificación de zonas?
Este documento de desclasificación de zonas se debe realizar en los Locales con Riesgo de Incendio o Explosión Clase I:
( GARAJES, ESTACIONAMIENTOS, TALLERES DE VEHÍCULOS…), es decir, aquellos que están clasificados como emplazamientos con volúmenes peligrosos.

Partimos de que los garajes, estacionamientos o talleres de reparación de vehículos están clasificados como Local con Riesgo de Incendio o Explosión clase I según se estable en la ITC-BT-29, exceptuando aquellos garajes de uso privado para estacionamiento de 5 vehículos o menos.
¿Qué tipo de ventilación tendremos que tener en estos emplazamientos con volúmenes peligrosos?
Teniendo en cuenta lo establecido en la norma UNE 100-166-92 “Ventilación de aparcamientos” y la norma UNE-EN 60079-10 “Clasificación de emplazamientos peligrosos” establecida en el REBT, podemos considerar que,
- Para estos tipos de instalaciones, podremos tener en cuenta los volúmenes peligrosos reducidos que explicamos a continuación, siempre y cuando la ventilación de estos locales está SUFICIENTEMENTE ASEGURADA:
- En caso de ventilación forzada el volumen peligroso estaría comprendido entre el SUELO y un plano situado a 60 cm sobre el mismo, independientemente que esté por debajo de nivel de calle o al mismo nivel.
- En caso de ventilación natural cuando estemos a nivel de calle o por encima de ésta, el volumen peligroso estaría comprendido entre el suelo y un plano situado a 60m del mismo.
Cuando estemos por debajo de nivel de calle el volumen peligroso será el comprendido entre el suelo y un plano situado a 0.60m por encima de la parte más baja de las puertas exteriores o de otras aberturas de ventilación que den al exterior por encima del suelo.
¿Cuándo se considera que una ventilación es suficientemente asegurada?
Existen dos tipos de ventilación para poder realizar la desclasificación de un emplazamiento con volúmenes peligrosos dependiendo de las características de éste.
- Ventilación Natural: únicamente para garajes con suelo a nivel de calle, con fachada al exterior en semisótano, o con patio inglés. En este caso las aberturas para las paredes deberán ser como mínimo dos en paredes o fachadas opuestas permanentes, independientes de las fachadas de acceso y con una superficie mínima de comunicación al exterior de 5 por cierto de la superficie del local del garaje. Se descontará la superficie de las lamas en caso de haberlas.
- Ventilación forzada: Garajes en sótano. En estos casos la ventilación será suficiente cuando se asegure una renovación mínima de aire de 15 m3/hm2 de superficie del garaje.
El caudal de renovación por planta se repartirá como mínimo entre dos dispositivos o tomas de ventilación independiente que actuarán sobre los mismos conductos, de tal manera, que en caso de fallo de uno de ellos se mantenga la ventilación.
Los fosos o huecos por debajo de nivel de suelo, ¿qué tipo de clasificación tendrían?
Todos estarían clasificados como volúmenes peligrosos, independientemente del tipo de ventilación que tuviesen en el emplazamiento.
¿Estarían clasificados los locales adyacentes a los emplazamientos con volúmenes peligrosos?
No estarían considerados como volúmenes peligrosos los adyacentes a los volúmenes anteriormente citados en los que no sea probable la liberación de los combustibles inflamables y siempre que sus suelos estén sobre los de aquellos a 0.60 metros, como mínimo, o están separados de los mismos por tabiques o brocales estancos de altura igual o mayor a 0.60 metros.
¿Qué tienen que cumplir las instalaciones y equipos destinados a estos locales?
- Las instalaciones y equipos ubicados dentro de este volumen peligroso (Clase I, Zona 2) deberán cumplir con las prescripciones marcadas en la ITC-BT-29 ( las instalaciones en volumen peligroso deberán de ser antideflagrantes Exx)
- Las instalaciones ubicadas por encima del volumen peligroso deberán realizarse según la ITC que corresponda (Por ejemplo , si estamos con un estacionamiento en sótano, por debajo de nivel de calle, deberán cumplir la ITC-BT-28 de Locales de Pública Concurrencia o si estamos en un garaje en superficie deberá cumplir con la ITC-BT-30 Locales Mojados – canalizaciones y mecanismos estancos)
- Las canalizaciones que atraviesen volúmenes peligrosos se colocarán cierres de acuerdo a la ITC-BT-29. Las canalizaciones empotradas o enterradas en el suelo se consideraran incluidas en volumen peligroso cuando alguna de laºs mismas atraviesen dicho volumen.
- Las tomas de corriente e interruptores se colocaran a 1.5m de altura a nivel del suelo a no ser que tengan una cubierta resistente a accione mecánicas.
- Se evitará en la medida de lo posible ejecutar instalaciones eléctricas en volúmenes peligrosos.
¿Se deben reflejar los cálculos justificativos en el documento de desclasificación de volúmenes peligrosos?
Para la realización del documento de desclasificación de zonas en Locales con Riesgo de Incendio o Explosión de clase I se reflejarán los cálculos justificativos de ventilación y se indicarán todas las características de la instalación haciendo mención a los puntos indicados anteriormente.
¿Quién debe de realizar el documento de desclasificación de volúmenes peligrosos?
El documento debe estar realizado y firmado por un técnico competente.
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